Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP, "cupones de alimentos") en Maryland: a qué podrías aplicar
🔎 ¿Afecta esto tu green card?
El SNAP NO cuenta en la prueba de carga pública (public charge): la regla actual enumera el "Supplemental Nutrition Assistance Program (SNAP) or other nutrition programs" como el primer punto de la lista de "beneficios públicos no considerados", así que recibirlo no afecta tu green card ni tu solicitud migratoria. La regla actual solo considera dos cosas: (a) la asistencia pública en efectivo para el mantenimiento de ingresos (SSI, efectivo de TANF, y programas de beneficios en efectivo estatales, tribales, territoriales o locales para el mantenimiento de ingresos), y (b) la institucionalización de largo plazo a cargo del gobierno (por ejemplo, una estadía prolongada en un asilo o institución de salud mental). El SNAP no es ninguna de las dos: no es asistencia en efectivo ni atención institucional. USCIS indica expresamente que no considerará la recepción, ni la certificación o aprobación para recepción futura, de los beneficios de esa lista. Ver detalles →
Qué es
Beneficios mensuales de alimentos que ayudan a los hogares de bajos ingresos a comprar la comida que necesitan. Los beneficios llegan en una tarjeta de Transferencia Electrónica de Beneficios (EBT) — la EBT ha sido el único método de emisión de SNAP en todos los estados desde junio de 2004 — que se pasa como una tarjeta bancaria en tiendas de comestibles autorizadas. El monto se basa en el Thrifty Food Plan del USDA, que se actualiza cada año según los precios de los alimentos, y depende del tamaño de tu hogar y de cuánto ingreso mensual queda después de descontar ciertos gastos. Es un programa federal (Servicio de Alimentos y Nutrición del USDA), pero lo administran las agencias estatales de asistencia pública a través de sus oficinas locales — debes solicitarlo en el estado donde vives actualmente, por lo que la solicitud y el nombre local varían según el estado (California lo llama CalFresh). Los beneficios generalmente llegan a más tardar 30 días después de que la oficina reciba tu solicitud; los hogares con poco o ningún dinero que necesitan ayuda de inmediato pueden recibirlos en 7 días.
Food Supplement Program (FSP) — el nombre de Maryland para el SNAP
Quién podría calificar
Límite de ingresos
- Todo el hogar (FSP/SNAP se evalúa por hogar, no por persona)≤ 200% FPL🔑 El límite de ingresos de FSP/SNAP se fija por tamaño del hogar — quienes viven juntos y compran y preparan comida juntos cuentan como un hogar. 🌟 Maryland usa la Broad-Based Categorical Eligibility (BBCE) para elevar el límite de ingreso bruto al 200% del FPL (por encima del piso federal del 130%) y para eliminar la prueba de bienes para la mayoría de los hogares: la tabla de BBCE del USDA Food and Nutrition Service (FNS) lista a Maryland con un límite de ingreso bruto del 200% y 'No limit on assets.' Aún aplica una prueba de ingreso neto al 100% del FPL (bruto menos deducciones permitidas). Las cifras exactas en dólares se actualizan cada octubre con las guías federales de pobreza — confirma los montos actuales con tu Departamento de Servicios Sociales (DSS) local.
Reglas de estatus migratorio en este estado
Maryland administra el SNAP como el Food Supplement Program (FSP) a través del Department of Human Services (DHS) y los Departamentos de Servicios Sociales (DSS) locales; la entrada en línea es myMDTHINK. Reglas migratorias: (1) Regla federal (fundamentada en DHS): algunos no ciudadanos no son elegibles, con excepciones para refugiados, asilados, personas con deportación suspendida, entrantes cubano/haitianos, Amerasians, algunos residentes permanentes legales (con green card), parolees, personas con entrada condicional, y ciertos cónyuges e hijos maltratados; ciertos inmigrantes iraquíes/afganos, víctimas de trata y miembros tribales Hmong/laosianos también pueden calificar. (2) 🌟 Familias de estatus mixto: DHS indica que aunque algunos miembros del hogar no sean elegibles, los que sí lo son pueden recibir beneficios de suplemento alimentario — no descartes a toda tu familia. (3) El cambio federal más amplio del SNAP para inmigrantes (OBBBA / H.R.1 Sección 10108) y la regla de cinco años están en la página compartida del programa SNAP y no se repiten aquí. (4) 🔴 Un límite honesto: no encontramos un programa alimentario de Maryland financiado por el estado creado para inmigrantes excluidos del SNAP por su estatus (Maryland no tiene equivalente del CFAP de California); los marylandeses indocumentados inelegibles por estatus generalmente no pueden obtener beneficios de alimentos. Verifica tu situación con tu DSS local o llamando al 2-1-1.
Cambio importante reciente en las reglas de SNAP (algunos estatus migratorios)
Qué cambió: Una ley federal vigente desde el 2025-07-04 (OBBBA §10108, que reescribe 7 U.S.C. 2015(f)) limita SNAP a: ciudadanos de EE. UU. · residentes permanentes legales (titulares de green card) · entrantes cubano/haitianos · ciudadanos COFA (Convenio de Libre Asociación). A quién afecta: Refugiados, personas con asilo, personas con suspensión de expulsión (withholding of removal), parolees humanitarios, cónyuges e hijos maltratados, entrantes condicionales y categorías similares quedan ahora excluidos por la ley. ⚠️ Pero: El reglamento federal 7 CFR 273.4 no se ha actualizado (vigente en eCFR al 2026-07-15) y todavía enumera estas categorías como elegibles; la página de elegibilidad de no ciudadanos del FNS fue retirada y marcada como "en actualización" (2025-08-29). Los estados podrían aplicarlo de forma distinta. 🔴 Qué hacer: NO decidas por tu cuenta — ya sea que la información antigua diga que calificas o que este aviso diga que estás excluido, consulta tu situación específica con la oficina de SNAP de tu estado (ellos son quienes tienen autoridad para decidir). 🌟 Esto solo afecta a SNAP: Medicaid, CHIP y WIC tienen reglas de elegibilidad DISTINTAS, no se ven afectados por esta ley, y aún podrías calificar. Además: SNAP NO cuenta para la carga pública (public charge); buscar o solicitar por sí solo no afecta tu estatus migratorio. Solo información, no asesoría legal; para tu situación personal consulta a un abogado de inmigración con licencia.
Aún podrías calificar para estos
Qué hacer
Consulta con la oficina de SNAP de tu estado antes de darte por excluido: son ellos quienes deciden tu caso.
OBBBA §10108, amending Section 6(f) of the Food and Nutrition Act of 2008 (7 U.S.C. 2015(f)) · 2025-07-04
Cómo solicitar
Qué necesitas
Prueba de identidad; residencia en Maryland; un número de Seguro Social para cada persona que solicita (los miembros no ciudadanos que no solicitan no tienen que dar información migratoria); prueba de todos los ingresos del hogar (talones de pago, desempleo, Seguro Social, etc.); y costos de vivienda y servicios más gastos médicos de miembros mayores/discapacitados (que pueden aumentar tu beneficio). Consulta a DHS/DSS para la lista exacta de documentos.
Plazos
Una solicitud regular generalmente recibe una decisión en 30 días. Si tu hogar tiene ingresos muy bajos y poco efectivo/ahorros, o costos de vivienda superiores a tus ingresos, podrías calificar para servicio acelerado y recibir un primer beneficio en unos 7 días. No encontramos un plazo de procesamiento estándar publicado por Maryland distinto del federal, así que la base de 30 días / 7 días acelerado refleja las reglas federales — guíate por DHS/tu DSS local.
Ir a la solicitud oficial →myMDTHINK (mymdthink.maryland.gov, solicitud oficial en línea de DHS) · también puedes solicitar en persona o por correo en tu Departamento de Servicios Sociales (DSS) local · llama al 2-1-1 o a Maryland Hunger Solutions al 1-866-821-5552 para ayuda
¿Afecta tu green card? (Carga pública)
✅ El SNAP NO cuenta en la prueba de carga pública (public charge): la regla actual enumera el "Supplemental Nutrition Assistance Program (SNAP) or other nutrition programs" como el primer punto de la lista de "beneficios públicos no considerados", así que recibirlo no afecta tu green card ni tu solicitud migratoria. La regla actual solo considera dos cosas: (a) la asistencia pública en efectivo para el mantenimiento de ingresos (SSI, efectivo de TANF, y programas de beneficios en efectivo estatales, tribales, territoriales o locales para el mantenimiento de ingresos), y (b) la institucionalización de largo plazo a cargo del gobierno (por ejemplo, una estadía prolongada en un asilo o institución de salud mental). El SNAP no es ninguna de las dos: no es asistencia en efectivo ni atención institucional. USCIS indica expresamente que no considerará la recepción, ni la certificación o aprobación para recepción futura, de los beneficios de esa lista.
➕ La exclusión es categórica: el SNAP no tiene la excepción de "atención institucional de largo plazo" que sí tiene Medicaid — lo que compres con SNAP, cuánto tiempo lo recibas y cuánto recibas, no cuenta. Tampoco se consideran otros programas de nutrición, incluidos WIC (Programa Especial de Nutrición Suplementaria para Mujeres, Bebés y Niños), los programas de almuerzo escolar, el Child and Adult Care Food Program (CACFP), el programa de la Ley de Asistencia Alimentaria de Emergencia (TEFAP) y el Food Distribution Program on Indian Reservations (FDPIR). Además, USCIS no considera los beneficios públicos recibidos por familiares del solicitante (incluidos hijos ciudadanos u otros parientes), ni los recibidos por el solicitante únicamente en nombre de terceros — 🔴 un hijo ciudadano estadounidense que recibe SNAP en una familia de estatus mixto no cuenta en la determinación de carga pública de su padre o madre. No se considera "recepción" solicitar un beneficio para ti o para otra persona, ni ser aprobado para recibirlo en el futuro. USCIS tampoco considera los beneficios recibidos mientras el solicitante estaba en una categoría migratoria exenta de carga pública, ni los recibidos por personas elegibles para la asistencia de reasentamiento, los programas de prestaciones y otros beneficios disponibles para refugiados. 🌟 Un rumor persistente, aclarado: bajo la regla actual vigente desde el 23 de diciembre de 2022, el SNAP no cuenta para la carga pública. Una regla de 2019 sí lo contaba, pero esa regla fue anulada a nivel nacional el 9 de marzo de 2022 (Manual de Políticas de USCIS, Volumen 8, Parte G, Capítulo 1: "a partial final judgment vacating the 2019 Final Rule went into effect nationwide on March 9, 2022"). Las reglas han cambiado antes y podrían volver a cambiar — guíate por la información oficial más reciente.
La carga pública solo se evalúa para quienes solicitan una visa o admisión desde el exterior, o el ajuste de estatus (green card) dentro de Estados Unidos.
Muchas categorías están exentas por ley: refugiados, asilados, autopeticionarios VAWA, solicitantes de visa T y U, Estatus de Protección Temporal (TPS), Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ), entrantes cubanos/haitianos, solicitantes bajo la Ley de Ajuste Cubano, intérpretes afganos/iraquíes, ciertas personas maltratadas que son "extranjeros calificados" bajo PRWORA, solicitantes de registro (registry), parolees Lautenberg, solicitantes bajo la Ley de Equidad Migratoria para Refugiados Liberianos (LRIF) y otras categorías exentas por ley.
Por lo general, la carga pública no se evalúa cuando un titular de green card la renueva o se naturaliza; un residente que regresa de un viaje al exterior por lo general no se considera solicitante de admisión y solo se le evalúa en casos limitados (por ejemplo, una ausencia de más de 180 días).
Esto es solo información, no asesoría migratoria, legal ni fiscal. La carga pública y tu situación personal son complejas: consulta a un abogado de inmigración con licencia. Nunca te decimos si te "afectará" o "no".
Manual de Políticas de USCIS, Volumen 8, Parte G, Capítulo 7, Sección E "Beneficios públicos no considerados" (que enumera al SNAP como su primer punto), junto con las Secciones B y C (las dos únicas categorías consideradas), y Capítulo 3 (a quién aplica) — 8 USCIS-PM G.7 / G.3; reglamento 8 CFR 212.22(a)(3), 212.21–212.23; regla final de 2022, 87 FR 55472. · 2022-12-23
Última verificación: 2026-07-21
Las políticas pueden cambiar; consulta siempre la información oficial más reciente.
Este sitio es solo informativo y no constituye asesoría migratoria, legal ni fiscal. Para la carga pública y tu situación personal, consulta a un abogado de inmigración con licencia.
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